HERRAMIENTA – Canal del Informante (Ley 2/2023)

La Ley 2/2023, de protección del informante, exige a los sujetos obligados tener un Canal de Denuncias que proteja los derechos del informante (o adaptar el existente, si ya lo tuviera).

Desde Linares Abogados, un despacho especializado en la implementación de programas de cumplimiento normativo, y con la colaboración de FIASEP, hemos diseñado una herramienta informática que cumple con los requisitos de confidencialidad y anonimato, entre otros, que plantea esta nueva normativa. Desde el despacho, se gestionaría la recepción de las denuncias, se proporcionarían formaciones anuales a los usuarios y gestores y se diseñarían los protocolos internos de uso y tramitación de denuncias.

Canal del Informante (Ley 2/2023)

El pasado día 13 de marzo de 2023 entró en vigor la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, que tiene como objetivos:

  • otorgar una protección adecuada frente a las represalias que puedan sufrir las personas físicas que informen sobre alguna de las acciones u omisiones previstas en la normativa; y
  • fomentar una cultura de la información o comunicación como mecanismo para prevenir y detectar amenazas al interés público.

El artículo 13 de esta Ley indica que todas las entidades del sector público están obligadas a disponer de un Sistema Interno de Información. A título de ejemplo la Ley indica comprendido como sector público a la Administración General del Estado, las Administraciones de las comunidades autónomas, las entidades que integran la Administración Local, universidades públicas, fundaciones públicas, entre muchos otros.

Para dar cumplimiento a las obligaciones que impone esta nueva legislación, las Entidades deben bien implantar un Sistema Interno de Información, o bien adaptar los sistemas existentes, lo que exige el cumplimiento de una serie de requisitos de confidencialidad y régimen jurídico del tratamiento de datos personales bastante rigurosos, además de otros requisitos formales, como la elaboración de un procedimiento interno que detalle todos los procesos relacionados con este canal interno de denuncias y su difusión interna, nombramiento y comunicación a la Autoridad Competente de un responsable interno del canal, formación al personal sobre la utilización del canal, etc.

En caso de incumplimiento, la autoridad competente podría imponer sanciones a la Entidad, dependiendo de la gravedad de la infracción, de hasta 1.000.000 de euros, además de otras sanciones adicionales.

Debido a la complejidad que entraña el cumplimiento correcto de esta nueva normativa, Linares Abogados, a través de una herramienta informática de confianza, ofrece un servicio integral al respecto.

En otras palabras, el servicio ofrecido incluye:

  • La gestión del canal propiamente dicho, mediante una herramienta informática.
  • Los procedimientos internos.
  • La formación del personal.
  • El asesoramiento en el proceso de nombramiento y comunicación del responsable interno del canal a la Autoridad Competente.
  • Actualizaciones normativas, jurisprudencia, etc.

Asimismo, también se ofrece, de forma separada, el asesoramiento jurídico y procesal que, en su caso, se pudiera necesitar en la tramitación de las denuncias.

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